En tal sentido este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, por cuanto no hay pena que ejecutar y concluida como está la causa, ordena remitir el presente expediente al Archivo Central, a los fines de su guarda y custodia. Líbrese Oficio. Cúmplase.