este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda ya ejecutada la pena, iniciar de oficio los trámites necesarios en caso de ser procedente el otorgamiento del Beneficio de la Suspensión Condicional de la Pena a penado: ALEJANDRO BAUTISTA MATA, venezolano, titular de la cédula de identidad número 15.575.338, de 25 años de edad, nacido en fecha 23-09-1982, soltero sin profesión definida, y residenciado en Barrio Los Molinos 1° calle casa S/N, Cumaná Estado Sucre. Notifíquese a Las partes. Remítase copias certificadas de la sentencia y del presente auto de ejecución de la sentencia, adjunto a oficio a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, solicitándole asimismo los posibles antecedentes penales que pudieran registrar los referidos penados. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario para .....