este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA la practica de dicho Reconocimiento Psicológico y Social al penado: AMADEO RAMON CHACON Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-3.695.867; comisionando al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta ciudad, Estado Sucre, a los fines que practique los exámenes de rigor y al Director del Internado Judicial de Cumaná y a la Defensa Pública Penal, Abg. Carolina Martínez, informándole que este tribunal acordó la practica de la evaluación Psico-social al penado de autos, previa su solicitud. Líbrese los oficios respectivos. Notifíquese a la Defensa Pública Penal, Abg. Carolina Martínez y al Fiscal Primero de Ejecución de sentencias del Ministerio Público participándole que este tribunal acordó la practica de la Evaluación Psico-Social al penado de autos, previa solic.....