Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Juicio actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, por UNANIMIDAD Resuelve: Se absuelve al acusado CARLOS LUIS ORTIZ venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.210.542, soltero, de 23 años de edad,, nacido en fecha 11 de agosto de 1983, residenciado en el barrio Los Molinos, calle Principal, casa No. 01, Cumaná Estado Sucre, hijo de Palmira del Valle Ortiz y José Luis Moreno, de la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en perjuicio de LUIS MUÑOZ y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal en perjuicio de LUIS BLADIMIR HERRERA y, en consecuencia, se ordena la libertad del acusado desde la propia sala de audiencias conforme a lo previsto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, cuyas costas correrán por cuenta del Estado Venezolano.