El Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando como Juzgado Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Tribunal, por no haber quedado suficientemente demostrado con las pruebas recibidas en juicio la autoría o participación de los acusados, y planteada la solicitud de sentencia absolutoria tanto por el Ministerio Público como por la Defensa Pública, por estimársele ajustada a derecho, atendiendo al contenido del artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal ABSUELVE a los ciudadanos CRISTIAN JOSÉ GONZÁLEZ RAMOS, Venezolano, Cédula de Identidad (C.I.) N° V-17.446.412, VICENTE JUNIOR LISCANO CORDERO, Venezolano; de 22 años de Edad, Portador de la Cédula de Identidad N° V-17.446.828, CARLOS JOSE RINCONES, C.I. N° V-19.345.195; SHIKRE ALEJANDRO IBARRA, Venezolano, cédula de identidad N° 19.980.124, MARCOS ELIECER PAREJO, C.I. N° V-19.537.558; REINIER ALEJANDRO FIGUERA PAREJO, C.I. N° 20.347.657; NE.....