El Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, constituido como Tribunal Unipersonal actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por considerar que durante el debate oral y público quedó plenamente demostrado tanto los delitos como la culpabilidad DICTA SENTENCIA CONDENATORIA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal y DECLARA CULPABLE a los acusados FREDDY RAMÓN HURTADO, venezolano, de 24 años de edad; nacido en fecha 05/06/1982; portador de la cédula de identidad N° V-15.112.324; hijo de Veda Rivero y Pablo Hurtado; soltero; residenciado en Brasil, Sector III, vereda 18, casa n° 15, de esta ciudad; asistido por el abogado Enrique Tremont y LUIS ANTONIO BRAVO CARREÑO; venezolano; de 24 años de edad; nacido en fecha 08/02/1982; portador de la cédula de identidad N° V-15.575.095; hijo de Marisol Carrillo y Antonio Bravo, residenciado en el Barrio Brisas del Golfo, Se.....