este Tribunal Segundo de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, disuelve el Tribunal Mixto que se integró en fecha 22 de mayo del año 2003, y en consecuencia, se condena a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO al ciudadano CÉSAR AUGUSTO MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.300.444, residenciado en la Calle Andrés Eloy Blanco, Casa N° 01, Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en concordancia con el artículo 82 ejusdem, en perjuicio del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXX pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente en fecha veinticinco (25) de marzo del año dos mil trece (2014), de la misma manera se le condena a cumplir las penas accesorias, todo en atención a lo establecido en los artículos 367 del Código Orgánico Procesal Penal y 13 del Código Penal, y al pago de .....