el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando como Juzgado Unipersonal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 367 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA CULPABLE al ciudadano al acusado ENRIQUE JOSÉ ANDRADE VALLEJO, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No.-17.909.595, nacido en fecha 02-11-86, soltero, de profesión u oficio no definida, de 21 años de edad, hijo de Rosa Vallejo y Julio Andrades, residenciado en la calle Periférica, adyacente a la sede de la Policía Municipal, casa A/N°, Cumaná, Estado Sucre; quien se encuentra defendido por los abogados SUSANA BOADA DE MARTÍCNEZ y JESÚS MAÍZ, Defensores Públicos Penales, titular y suplente, respectivamente, y le CONDENA a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en perjuicio de la c.....