este estado el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, habiendo admitido la acusación procede a imponer al hoy acusado del procedimiento especial por admisión de los hechos, para la imposición inmediata de la pena, habiendo manifestado el imputado, libre de coacción y apremio lo siguiente: ADMITIR LOS HECHOS. Es todo.
Seguidamente solicita la palabra la Defensora Pública ABG. CARMEN YUDITH YNDRIAGO, quien expone lo siguiente: solicito a este Tribunal la aplicación del procedimiento especial establecido en el artículo 376 del texto adjetivo penal y que al momento de calcular la pena se considere la atenuante establecida en el artículo 74 del Código Penal en su numeral 4. Es todo.
Seguidamente solicita la palabra la Fiscal ABG. RITA PETIT BERMÚDEZ, quien expone lo siguiente: solicito se calcule la pena en atención a las disposiciones legales establecidas en los textos adjetivos y sustantivo penal y que se salvaguarden los de.....