En virtud de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, constituido en Tribunal Mixto con Escabinos, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se conformidad a lo establecido en los artículos 365 y 367 del Código Orgánico Procesal penal pasa a dictar: SENTENCIA CONDENATORIA de la siguiente manera: PRIMERO: CONDENA POR CONSENSO al acusado: WRANGLER LUIS GARCIA GARCIA, venezolano, de 21 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro: v-15.936.227 y residenciado en Urbanización La Llanada, sector II, Vereda 31, casa Nro: 01 en esta ciudad, a cumplir la pena de: OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, en el Establecimiento que a tal efecto se designe. Ello por encontrarlo culpable de la comisión del delito de: "ROBO AGRAVADO", previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal., en perjuicio de: ALEJANDRO JOSE VARGAS .....