Este Tribunal Segundo de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el ultimo aparte del artículo 117 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, AUTORIZA LA DESTRUCCION de la sustancia ilícita incautada en el presente procedimiento cuya característica y peso es la siguiente: CLORHIDRATO DE COCAINA con peso neto Novecientos Cuarenta gramos (940 grs.) devolviéndose a la unidad solicitante la cantidad de Novecientos Treinta y Nueve gramos (939 grs.) BICARBONATO DE SODIO con peso neto Un Kilo con Cincuenta Gramos (1 Kilo 50 grs.) devolviéndose a la unidad solicitante la cantidad de Un Kilo con Cuarenta y Nueve Gramos (1 Kilo 49 grs.) procedimiento que se ordena realizar a cargo del Ministerio Publico conforme a las previsiones de los artículos 118 y 119 de la citada Ley especial.-