este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, sobre la base de los artículos 285 ordinales 1°, 6°, 26 último aparte del 30, 43 y 55 de la Constitución,, 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal, 31, 81, 82 y 84 ordinales 1 y 20 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 1,2,4,17 y 30 de la Ley de Protección a Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales; Acuerda Medida de Protección a favor del ciudadano ARTURO JOSE PALACIOS RAMIREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.691.772, víctima directa en causa penal, identificada con el N°-19-F1-1C-247-05, nomenclatura de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, consistente en Recorridos Policiales y Visitas Domiciliarias Permanentes por su domicilio, ubicado en la Avenida Principal Rómulo Gallegos, casa No-03, cerca del INCE Bolivariano, Cumaná; por parte de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de la Pol.....