Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA la entrega del vehículo de las siguientes características: marca chevrolet, clase camión, tipo plataforma, color beige, placas 367-MBB, año 80, al solicitante ciudadano EDUARDO RAFAEL GRAU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.692.926, debidamente asistido en esta Audiencia por el Abg. Ulises Rafael Bello Rivera, I. P. S. A N° 81.833, con domicilio procesal en el Edificio 304, piso 03, apartamento 31, Residencias Gran Mariscal, Cumaná, Estado Sucre. Así se decide. De conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, ténganse a las partes por notificadas toda vez que la presente decisión fue dictada en sala en presencia de las partes.