en consecuencia este Juzgado Sexto Administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley conforme al articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, otorga la libertad inmediata desde esta sala al imputado ELIO SAMUEL MARVAL ALCALA, y le impone como Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, presentaciones cada quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial por el lapso de tres (3) meses, así mismo se fija como oportunidad para celebrar la AUDIENCIA PRELIMINAR, el día 23/05/2007 a las 10:00 de la mañana. Así se decide.- Se ordena Librar boleta de libertad, anexo a oficio al Comandante de la Policía, y oficio al coordinador de la Unidad de Alguacilazgo. Téngandose por notificados todos los presentes de esta decisión en virtud de haber sido dictada en audiencia oral.-