Este Tribunal Administrando Justicia En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el articulo 330 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, con fundamento en las previsiones del articulo 318 segundo supuesto del numeral 1° y ultimo supuesto del numeral 4° todos del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano JESÚS SALVADOR RODRÍGUEZ, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.051.715, nacido en fecha 08/10/1976, de 31 años de edad, de profesión Taxista, residenciado en la Llanada, sector N° 04, calle N° 13, casa N° 01, cerca de la cancha deportiva, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, imputado por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la víctima JORMARY DE LOS ANGELES RODRÍGUEZ CARVAJAL.....