DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para IMPUTADO DESCONOCIDO, por el delito precalificado por esta Fiscalía como HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el ordinal 4 del artículo 455 del Código Penal Venezolano en perjuicio de PROMOCIONES HUNT, en virtud de la denuncia interpuesta por el Ciudadano: YUET TONG NG MOK, de nacionalidad China, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. E-80.335.683 y residenciado en la Urbanización Villa Venezia, Edificio Mirtha Eugenia, Piso Nro 02, Apartamento 2-B de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, fundamentándose esta decisión en que esta demostrado la existencia de un hecho punible cometido pero, sin embargo, ha transcurrido el tiempo estipulado p.....