Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el ultimo aparte del artículo 117 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, AUTORIZA LA DESTRUCCION de las sustancias ilícitas incautadas en el presente procedimiento cuyas características y peso son las siguientes: CANNABIS SATIVA (MARIHUANA) con peso neto de un gramo con ochocientos setenta y cinco miligramos (1 grs. 875 mgs.) devolviéndose a la unidad solicitante la cantidad de un gramo con quinientos setenta y cinco miligramos (1 grs. 575 mgs.) y CLORHIDRATO DE COCAINA con peso neto de un gramo con quinientos cincuenta miligramos (1 grs. 550 mgs.) devolviéndose a la unidad solicitante la cantidad de un gramo con doscientos cincuenta miligramos (1 grs. 250 mgs.), indicándose en la misma que los gramos que faltan corresponden a la porción no recuperada en los análisis efectuados, ya que fueron tomados trescientos gramos de cada .....