Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA EL IMPUTADO DESCONOCIDO, por el delito precalificado por esta Fiscalía como ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Pena , en perjuicio de LUIS ENRIQUE LEON VASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 8364804, domiciliado en la calle Guzman Blanco casa N° 118 Caripe Estado Monagas, en virtud de que "... a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado" Todo esto de acuerdo a lo establecido en el Ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.