Este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL presentada por la fiscalía Tercera del Ministerio Público en contra de los imputados JHON EDGAR CASTILLO RODRÍGUEZ, ; EDGAR ALEXANDER LUNAR ORTÍZ, JORGE RAFAEL CÓRDOVA MALAVE, por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionada en el articulo 458 en concordancia con el 80 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de la víctima SUPERMERCADO CHANG.
Se ratifica la privación Judicial preventiva de la libertad a la cual se encuentran.