este Juzgado de Primera Instancia Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley sobre la base del artículo 229 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 ordinal 1ero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del ciudadano WILFRED JOSÉ MAZA, venezolano, cédula de identidad V-25.352.463, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación Ayudante De Latonería, hijo de Auritela Maza y Wilfredo, residenciado en la Urbanización Bebedero, sector villa rosa, calle principal, vereda No. 86, casa s/n cerca del mercal de la avenida Nueva Toledo, Municipio Sucre, Estado Sucre; en el presente asunto instruido en su contra por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, delito cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.