Este Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa hacer el siguiente pronunciamiento. PRIMERO: Se admite totalmente la acusación Fiscal, presentada por la Fiscal Quinta del Ministerio Público en contra del imputado: Omar Alexander Díaz Yeguez por el delito de: Homicidio Intencional simple previsto y sancionado en el artículo 407 del Código penal venezolano, con los agravantes del artículo 77, ordinal 12, y el 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por encontrarse llenos los extremos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, y por desprenderse de las actas procesales testimonio, experticias y reconocimientos que configuran el delito antes señalado, fundamentos estos serios para enjuiciar públicamente al imputado de autos, por el hecho ocurrido el día 01 de noviembre de 2003 en el Barri.....