este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda al Imputado HENRY RAFAEL GARCÍA, venezolano, de 36 años de edad, nacido en fecha 14-08-76, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.826.172, residenciado en Calle Boyaca, cerca de la Panadería El Isleño, de esta ciudad de Cumaná, la medida cautelar contenida en el artículo 92 ordinal 8° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, consistentes en el compromiso del imputado de no agredir a las víctima BELINDA JOSEFINA PULIDO, y su entorno familiar; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y DAÑOS A LA PROPIEDAD, previstos y sancionados en los artículos 42 y 59, respectivamente, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana BELINDA JOSEFINA PULIDO. Asimismo, este Tribunal acuerda que la presente causa continúe por el procedimient.....