este Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguido a los imputados LEO, LEONEL Y ADRÍAN, (se desconocen más datos de identificación), quienes están incursos en la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RONALD JOSÉ SALAYA TRUJILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, sin oficios definidos, titular de la cedula de identidad Nro.- 12.214.613, residenciado en el sector Tres Picos, Barrio Primero de Mayo, casa Nro.- 29, de esta ciudad. De conformidad con lo establecido en los artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente: El Sobreseimiento procede cuando… numeral 3.- La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 eiusdem, que dice lo siguiente: Son causas de extinción de la acción penal. Numeral 8.- La Prescripción, salvo que .....