"...siendo en consecuencia necesario acoger totalmente la solicitud fiscal e imponer al imputado JEAN CARLOS FUENTES MALAVÉ, titular de la cédula de identidad 18.788.955, residenciado en Río Caribe, Municipio Arismendi, Calle Sea, Casa N° 149, Estado Sucre, Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial de Libertad, conforme al artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentaciones periódicas cada treinta (30) días, por ante la Unidad del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por un lapso de seis (06) meses. Así mismo se acuerda la Libertad sin Restricciones al ciudadano Jesús Miguel Rojas Malavé, titular de la cédula de identidad 16.255.515, residenciado en Río Caribe, Municipio Arismendi, Calle Sea, Casa N° 149, Estado Sucre.