Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, ACUERDA que el imputado MARIO JUNIOR JIMENEZ JIMENEZ, venezolano, natural de Cumaná, de 20 años de Edad, nacida en fecha 02-10-86, soltero, de profesión u oficio pulidor de aluminio en máquina en la compañía ANODALUZ ubicada en la zona industrial de San Luis, titular de la cédula de identidad N° V-18904591, hijo de Mario Rengel y Josefina Jiménez, residenciado en Las Palomas, frente a la Florida, casa sin número, de color rosada en la entrada de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, quien esta incurso en la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Simón Antonio Hernández Ruiz., se presente cada veinte (20) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por un lapso de seis (06) m.....