es por lo que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, otorga como lapso de prorroga a la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico, TRECE (13) DÍAS adicionales contados a partir del vencimiento de los treinta (30) días iniciales que establece la norma, a los efectos de la presentación del acto conclusivo en la presente causa.- Visto igualmente la solicitud de la realización de acto de reconocimiento en rueda de individuos, donde actuará como testigos reconocedor la víctima ALEXANDER RODRIGUEZ RAMOS, y como sujetos a ser sometidos a reconocimiento los imputados de autos, se fija como oportunidad para la evacuación de tal diligencia el día 02 de Noviembre de 2010, a las 3:00 p.m., en la sede de la Comandancia del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, debi.....