este Tribunal Primero de Control Actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar, la desestimación de la denuncia, solicitada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, la cual fue formulada por la ciudadana ROSA BURGOS Y MAURILIX BASTARDO,, y conforme a lo establecido en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal.