En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA donde el ciudadano EIDY MANUEL GUZMAN, venezolano, indocumentado pero quien manifiesta ser titular de la cédula de identidad N° 14.450.533, de 29 años de edad, nacido en fecha 28-03-1977, residenciada en la Urbanización La Llanada, sector el Bombeo, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por la comisión de unos de los Delitos Previstos y sancionados en la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y que de acuerdo a lo señalado por la Fiscalía Décimo Primera del Ministerio Público no quedo comprobado la existencia de un hecho punible que dió origen a la investigación y por lo tanto este Juzgador procede a DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA de conformidad con lo establecido en e.....