Es por lo que este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ACUERDA Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de la Libertad, de las contenidas en los ordinales 3° y 6° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentaciones periódicas por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada treinta (30) días; y prohibición de acercarse a las víctimas; a partir de la presente fecha, para el Ciudadano FREDDY JOSÉ CORASPE MUDARRA, venezolano, edad 39 años, titular de la cédula de identidad N° V-8.440.824, nacido en fecha 29-09-67, comerciante, residenciado Avenida Carúpano, Caigüire, Frente al Conscripto, casa S/N, Cumaná; por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica de protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de las adolescentes Diana Carolina Nuñez L.....