DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para IMPUTADO PERSONAS DESCONOCIDAS, por ser autor del delito precalificado por esta Fiscalía como ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Venezolano en perjuicio de los ciudadanos: PABLO ANTONIO CEDEÑO, venezolano, de 45 años, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.336.385 y residenciado en el Barrio Mirador, sector Antillano, casa S/N, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, Y ROBERTO ANTONIO CORNEJO FLORES, venezolano, de 38 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.446.853 y residenciado en la Calle Bolívar, Residencias ALSA, apto. 6-B, de esta Ciudad de Cumaná, estado Sucre, fundamentándose esta decisión en.....