este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos JORGITO, WUILITA, EL NEGRO DE ANTONIA Y PASCUAL, por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de RAFAEL VELASQUEZ; de conformidad con lo establecido en el artículo 108 numeral 6 del Código Penal, y los artículos 49 numeral 8 concatenado con el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.