En consecuencia este Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al imputado FRANCISCO RAMÓN PATIÑO GUERRA, venezolano, mayor de edad, soltero, sin oficio definido, titular de la cedula de identidad Nro.-V-19.933.012, residenciado en el barrio las Palomas, sector Caucaguita, detrás del Edificio Guanajo, casa S/N, de esta ciudad, quien está incurso en la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Uso Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente: El Sobreseimiento procede cuando… numeral 3.- La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 eiusdem, que dice lo siguiente: Son causas de extin.....