este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 250 y 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, impone al ciudadano RICARDO DEL JESUS RODRIGUEZ OLIVEROS, venezolano natural de Cumana, Estado Sucre, de 22 años de edad, nacido en fecha 13-09-88, soltero, de oficio estudiante y técnico en electrónica, titular de la cédula de identidad N°23.584.713, residenciado en la población de Pantoño arriba, sector santa clara, casa sin número por la vía los cuatro rumbos, al lado de la venta de arena, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, Estado Sucre, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en relación a la presente causa, consistente en presentaciones periódicas cada veinte (20) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.-