por lo que este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: que los acusados Jorge Rafael Córdova Malave, venezolano; mayor de edad; de 34 años; nacido en fecha 03-09-72, hijo de Jorge Córdova y Nerys Malave; portador de la cedula de identidad N° 11.384.793; soltero; ex funcionario de la Policía del Estado Sucre; residenciado en la Urbanización Brasil Sector II, vereda 78, casa N° 13, Cumaná Estado Sucre, y María Gabriela Vázquez Areinamo venezolana; mayor de edad; de 24 años; nacida en fecha 23-11-1981, hijo de Cruz Toribio Yéndez y Cresencia María Vázquez, portador de la cedula de identidad N° 16.314.648; soltera; de oficios del hogar; residenciado en la Urbanización Brasil Sector II, vereda 78, casa N° 13, Cumaná Estado Sucre, son CULPABLES por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Org.....