éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO en el presente asunto seguido al ciudadano NESTOR RAFAEL RONDON, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° 12.659.597, de 38 años de edad, residenciado en el Barrio los Cocos, Sector El Campito, casa S/N, frente de un Mercal, de Cumaná Estado Sucre, de profesión u oficio funcionario del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, con cédula de identidad N° 16.817.092, por la presunta comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 277 del Código Penal concatenado con los numerales 7 y 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Estado Venezolano, ello en virtud de los hechos explanados en el escrito.....