Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el Abogado en Ejercicio AUGUSTO RAMÓN GONZÁLEZ RAMOS, inscrito en el I.P.S.A bajo el numero 106.895 y de este domicilio, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 07/12/2011dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
SEGUNDO: Queda de esta manera CONFIRMADO en toda y cada una de sus partes el auto de fecha 07 de Diciembre de 2011, dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
TERCERO: .....