En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Protección del Niño y del adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el juicio que por NULIDAD DE CONVENIMIENTO incoara el ciudadano MIGUEL JOSE OLIVEROS GONZALEZ, representado judicialmente por los abogados en ejercicios LUISA CABRERA GUEVARA y CARLOS NAVARRO ROSAS, inscritos en el inpreabogado bajo los nros: 29.493 y 17.920 respectivamente, contra los ciudadanos HERMES JESUS MAGO UROSA, SAULO JOSE MAGO RODRIGUEZ y ANAHERSY MAGO RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de Identidad nro: v.-4.186.15.. v.- 14.886.533 y v.-13.773.530; de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se declara Firme y con Efectos de Cosa.....