Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño, Niña y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de apelación interpuesto en fecha cinco (5) de octubre de 2010 por el abogado JOSE IGNACIO GARCIA VALDERRAMA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 71.605, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos GIUSEPPE SPINALI CASTRO Y DOMENICO PINTO MOSCHITTO contra la decisión dictada por el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmeron Acosta de la Circunscripción Judicial del estado Sucre en fecha ocho (08) de Junio de dos mil diez (2010), relacionado con la pretensión de DESALOJO, presentada por los abogados en ejercicio MARÍA ALEJANDRA SPINALI PINTO Y JOSÉ IGNACIO GARCÍA VALDERRAMA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 85.208 y 71.605 respectivamente.....