En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección de Niños, Niñas y Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por GENER LAIU MONROY CORTEZ, representado por el abogado EDWAR BALSA ARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.790, contra el auto dictado en fecha 18 de febrero de 2015, dictado por el juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Primer Circuito Judicial del estado Sucre que declaro inadmisible el medio probatorio inspección judicial.
SEGUNDO: Inadmisible el medio probatorio de inspección judicial promovida por el ciudadano GENER LAIU MONROY CORTEZ, representado por el abogado EDWAR BALSA ARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.790, relacionado con el juicio de pres.....