Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACION interpuesta por el abogado JORGE JUAN BADARACCO ORTIZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 13 de Agosto de 2014.
SEGUNDO: se REVOCA el auto dictado en fecha 13 de Agosto de 2014, dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en consecuencia:
1- Se REPONE la causa al estado que se compute el lapso restante para la contestación de la demandada, el cual deberá computarse a part.....