Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio BETTY HURTADO DE PERDOMO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 26.932 , actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano OUSAMAH EZZI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.530.899, y de este domicilio parte demandante; contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha doce (12) de Abril de 2011, en consecuencia sin lugar la pretensión mero declarativa de reconocimiento del derecho de propiedad.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, en tod.....