Con fundamento en las circunstancias de hecho y de derecho previamente expuestas y conforme a la jurisprudencia citada, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niña y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, DECLARA: INADMISIBLE por extemporánea la recusación propuesta por el ciudadano MICHEL MAZLOUM, titular de la cédula de identidad N° 11.944.023, asistido por el abogado JULIO MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 221.860 parte demandante en la presente causa; en contra de quien suscribe este Fallo en su carácter de Juez Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niña y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
Dada la naturaleza especial del presente asunto, no hay condenatoria en costas.-
Se deja constancia que la presente decisión fue publicada dentro del lapso legal para ello.-