Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, administrando, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN, presentada por la abogada Gabriela Patiño, Inscrita en el Inpreabogado Bajo el Nro 74.299, apoderada judicial de la ciudadana Hirsy Coromoto Yegres Córdova, contra el auto de fecha 29 de julio de 2010, que inadmitió el Medio Probatorio Inspección Judicial, en consecuencia se ordena al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, admitir la prueba de Inspección Judicial, por lo que se ordena su evacuación, salvo su apreciación en sentencia definitiva.- SEGUNDO: Se declara con lugar la apelación, que presentara la abogada Gabriel.....