DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declaran: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado Luis Arturo Izaguirre Ugas, en su carácter de Defensor Privado, contra Sentencia Definitiva dictado por el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 15 de julio de 2008, mediante la cual admitió totalmente la acusación fiscal, y ordenó la apertura del Juicio Oral y Público con respecto al imputado Juan Carlos Ejedes Bermúdez, en la causa penal que se le sigue al referido imputado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal vigente, en perjuicio de Luis José Díaz Marcano, y LESIONES PERSONALES GRAVÍSIMAS previsto y sancionado en el artí.....