Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado CARLOS GUILLERMO ZERPA, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano JOSÉ GREGORIO ECHEZURIA, contra decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 16 de Noviembre de 2009, mediante la cual declaró SIN LUGAR el cambio de calificación jurídica solicitado por la defensa y como consecuencia se admitió parcialmente la acusación fiscal por los delitos mencionados en la causa seguida al ciudadano JOSÉ GREGORIO ECHEZURIA, por la comisión de los delitos de ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, AGAVILLAMIENTO, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD Y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, en perjuic.....