Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados CARLOS ZERPA, HERNAN ORTÍZ y ALBERTO GONZÁLEZ, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano JESÚS ALBERTO ALCALA, contra decisión dictada por el Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 18-10-2007, mediante la cual declaró IMPROCEDENTE la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al penado JESÚS ALBERTO ALCALA, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS en perjuicio de la COLECTIVIDAD.- SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.