D E C I S I Ó N
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado PEDRO JOSÉ ARAY, en su carácter de Fiscal Auxiliar Séptimo del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, contra decisión dictada por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, de fecha 20 de Junio de 2008, mediante la cual DECRETÓ MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD a favor de los ciudadanos OSWALDO JOSÉ LEÓN PEREIRA y JOSÉ ELEAZAR RAMÓN FERNÁNDEZ en la causa seguida en sus contra por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, en SEGUNDO: SE REVOCA la decisión recurrida. TERCERO: SE ORDENA al Juez A quo librar ORDEN DE A.....