Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el escrito presentado por el Abogado SAMER ROMHAIN, en su carácter de Juez Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná.- SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR el escrito presentado por el Abogado SAMER ROMHAIN, en su carácter de Juez Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual declara CONFLICTO DE COMPETENCIA DE NO CONOCER, con el Tribunal Primero de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en lo referente al asunto signada bajo el N° RP01-S-2004-009657, al ser ese Tribunal incompetente para ejecutar una decisión que ha quedado definitivamente firme de conformidad con el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa se.....