Por todos los razonamientos expuestos éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el sobreseimiento del presente asunto seguido al ciudadano LUIS ALBERTO LAREZ FARIAS, quien era venezolano, natural de Carúpano, de 19 años de edad, nacido en fecha 27-12-88, soltero, obrero, indocumentado, residenciado en el Sector La Marina, calle Eudoro de Santa Inés, Playa Grande, Parroquia Bolívar de éste Municipio Bermúdez, Carúpano Estado Sucre; por extinción de la acción penal en conformidad con el artículo 103 del Código Penal en concordancia con los artículos 48 ordinal 1 y 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquesele a las partes y remítase el presente asunto al Tribunal de Ejecución en el lapso correspondiente Cúmplase.
La Jueza Cuarta de Control
La Secretaria
Abg. Lourdes M. Salazar Salazar
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