Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al Acusado Jean Carlos Mata, Venezolano, de 27 años de edad, nacido en Carúpano, Estado Sucre, Cédula de Identidad Nº V-15.244.148, de profesión u oficio comerciante, hijo de Susana García de Mata y Virgilio Mata, domiciliado en San Martín, sector las acacias, casa numero 12, cerca del taller San José, Carúpano, Estado Sucre, a cumplir la pena de UN AÑO y SEIS MESES DE PRISIÓN, por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano. Se imponen las penas accesorias, previstas en el artículo 16 del Código Penal, e igualmente las costas Procesales previstas en los artículos 34 y 265 del Código Procesal Penal. Con respecto al arma de fuego, identificada en el presente asunto, se confisca la .....